CORTE DE APELACIONES RATIFICA MULTAS CONTRA ESCONDIDA-BHP POR INCUMPLIMIENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN DE INFORMAR CONTRATOS DE VENTAS DE COBRE Y SUS SUBPRODUCTOS AL EXTRANJERO

Las faltas de la trasnacional consistieron en no informar a Cochilco los términos esenciales de cuatro contratos dentro del plazo normado de 30 días desde su celebración, razón por la cual el ente fiscalizador la sancionó mediante la aplicación de 4 multas por el irrisorio monto total de 34,66 ingresos mínimos (alrededor de 13 millones de pesos).

Las multas a la empresa fueron establecidas por Cochilco en la Resolución Exenta N° 64 del 29 de julio de 2021, dictada por el vicepresidente ejecutivo de ese organismo.

La compañía acudió a la Corte de Apelaciones de Santiago solicitando que se dejara sin efecto la resolución sancionatoria, reclamando ilegalidad en el proceder del acto administrativo sancionatorio, lo que fue desestimado por el tribunal dictando en su sentencia que ha de tenerse en cuenta el fin u objetivo que se persigue con la dictación del acto administrativo y que en razón de ese fin el legislador habilitó expresamente a Cochilco a ejercer la potestad sancionatoria cuando las mineras públicas o privadas no ingresen o ingresen de manera extemporánea o en forma incompleta los términos esenciales de los contratos.

Enseguida, el fallo señala que “la sanción impuesta a la reclamante, lo fue de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del D.L. N° 1.349 / 76, disposición introducida por la Ley N° 20.780 (D.O. 29.09.2014), que establece en términos explícitos la facultad de la Comisión Chilena del Cobre.

Quienes deseen profundizar en los detalles del falo de la Corte de Apelaciones de Santiago, pueden consultar el pronunciamiento del tribunal en el link: https://www.diarioconstitucional.cl/wp-content/uploads/2022/07/ICA-Stgo-rechaza-509-2021.pdf

Oro, plata y otros minerales que se pierden

Cabe señalar que si bien la multa aplicada a Escondida-BHP es infinitesimal ante las enormes ganancias anuales que obtiene por miles de millones de dólares, los incumplimientos a la normativa por la cual Cochilco sancionó a la compañía son de gravedad, debido a que la venta o exportación de concentrado constituye un maremágnum que ha sido denunciado por ingenieros en minas, geólogos y abogados especializados, debido a que ese polvo de cobre contiene subproductos que valen muchas veces más que el metal que se embarca, los cuales son subregistrados y por los que no se pagan impuestos ni derechos de aduana, sustancias minerales que se recuperan en fundiciones y refinerías  extranjeras, las que son vendidas a precios muy superiores al valor del cobre. Entre muchos otros de esos minerales se cuentan renio, torio, telurio, selenio, plata, oro, molibdeno, platino, paladio, azufre, óxido de silicio, hierro, mercurio y las llamadas tierras raras

Al respecto, una publicación del mes pasado del portal Noticias 360 dio a conocer que la refinería Aurubis, de Hamburgo, Alemania, se queda con una significativa cantidad de toneladas de oro, plata y otros minerales sin pagar un peso a Chile. Este medio citó al exsenador Jorge Lavandero quien aseguró que esa refinería procesa 2 millones 378 mil toneladas anuales de concentrados de cobre, logrando gratis y con perjuicio para Chile 47 toneladas de oro, 972 toneladas de plata, 9 kilos del grupo de metales valiosos encabezados por el platino, 3,5 toneladas de zinc y 897 toneladas de metales menores.

Adicionalmente, Noticias 360 recuerda que el concentrado de cobre, en sus subproductos no declarados en Chile, contiene 30% de Cobre, 27% de Hierro, 28% Azufre y metales como Oro, Plata, Paladio, Molibdeno, además de los metales del grupo platino que se señala que son más valiosos que el oro.

Otro dato muy ilustrativo de las pérdidas de riqueza que sufre el país a manos de la explotación del cobre por parte de las trasnacionales de la minería, fue dado a conocer en 2017 por el portal de  investigación periodística CIPER Chile, en que citando un estudio de los economistas Sturla, Accorsi, López y Figueroa, se asegura que el monto del perjuicio económico para el país en el periodo 2005-2014 (considerando a las 10 más grandes empresas mineras privadas) ascendió a 120 mil millones de dólares, por concepto de renta económica o renta regalada a las trasnacionales, en que una buena parte de esas ganancias están en relación con los minerales no registrados o subregistrados que se hallan en el concentrado de cobre.