53 MILLONES DE PESOS COMO INDEMINZACIÓN RECIBIRÁ TRABAJADORA DE CHUQUICAMATA AL SER DESPEDIDA POR NO HACER CUARENTENA EN SU CASA.

El despido de la trabajadora de Chuquicamata se produjo a comienzos de 2020, aduciendo la compañía incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato de trabajo, ya que días antes de su desvinculación se le había instruido realizar una cuarentena preventiva con goce de sueldo, porque habría estado en contacto estrecho con un caso sospechoso de Covid 19, y porque tampoco cumplió con la instrucción de acudir a un establecimiento de salud de Calama a realizarse un examen de PCR, aduciendo ella encontrarse fuera de esa ciudad.

El fallo del Juzgado del Trabajo de Calama indica que Codelco al despedir a la trabajadora vulneró su vida privada, porque las instrucciones que le fueron dadas constituyeron una restricción completa y total a su libertad personal sin existir disposiciones de la autoridad sanitaria que así lo establecieran. 

El fallo indica además que el incumplimiento de la trabajadora fue fuera de su jornada laboral y dentro del marco de su vida privada, lo que en nada afectaría al empleador porque ella no se acercó hasta su lugar de trabajo ni tampoco tuvo contacto con compañeros de trabajo, razón por la cual, y no obstante existir un estado de emergencia sanitaria, la empresa no puede ampliar sus facultades para poder traspasar dicho ámbito, y por más reprochable que la actitud y las acciones puedan ser ética o moralmente, ello ocurrió fuera del ámbito laboral y no tenía repercusiones en este, por lo que no faculta al empleador a poder tomar decisiones dentro de la esfera laboral por situaciones ajenas a dicho ámbito.

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